Nuevas reglas para inversionistas calificados

Panamá ha actualizado su Régimen de Inversionista Calificado mediante el Decreto Ejecutivo No. 17 de 8 de septiembre de 2026, una nueva regulación que sustituye el régimen establecido originalmente por el Decreto Ejecutivo No. 722 de 15 de octubre de 2020. La actualización mantiene como objetivo principal facilitar la atracción de capital extranjero hacia Panamá, vinculando la realización de inversiones calificadas con la posibilidad de obtener la residencia permanente en calidad de Inversionista Calificado. El nuevo marco incorpora modificaciones relevantes en los montos, modalidades y condiciones aplicables a los inversionistas extranjeros, así como reglas más específicas para la acreditación, verificación y mantenimiento de las inversiones.

Fransheska Morán

9/30/20262 min read

a low angle view of tall buildings
a low angle view of tall buildings

¿Qué cambia con el nuevo régimen de Inversionista Calificado?

El nuevo régimen mantiene la posibilidad de obtener la residencia permanente en Panamá mediante una inversión calificada, pero introduce cambios importantes en los montos y en las modalidades de inversión.

En materia inmobiliaria, la inversión mínima de B/.300,000 se mantiene para inmuebles nuevos de primera venta, mientras que para propiedades adquiridas en el mercado secundario o de reventa el monto mínimo pasa a ser de B/.500,000. 

En las demás modalidades, los montos se mantienen en B/.500,000 para inversiones en valores, mientras que los depósitos a plazo fijo requieren B/.500,000 cuando se realizan en el Banco Nacional de Panamá o en la Caja de Ahorros, y B/.750,000 cuando se realizan en bancos privados autorizados.

La principal diferencia frente al régimen anterior es, por tanto, la distinción entre inmuebles nuevos y propiedades de reventa, además de la reducción del monto requerido para los depósitos a plazo fijo realizados en los bancos estatales.

¿Qué busca la nueva regulación?

Uno de los principales objetivos de la reforma es dinamizar el sector de la construcción mediante la movilización del inventario de viviendas nuevas que actualmente se encuentra disponible en el mercado.

La nueva regulación establece incentivos diferenciados para favorecer la adquisición de inmuebles de primera venta, buscando generar un impacto directo en la actividad constructora, la cadena de suministro y la creación de empleos.

En contraste, las operaciones de compraventa de propiedades de segunda mano tienen un efecto económico más limitado en términos de generación de nueva actividad y empleo. Por ello, el nuevo régimen procura orientar el beneficio migratorio hacia inversiones que contribuyan de manera más directa a reactivar la construcción, reducir el inventario existente y estimular nuevas oportunidades de inversión y desarrollo inmobiliario en Panamá.

Contáctanos

+507 6545-1865 asesoriajuridica@moranrodriguez.com